Estimado/a alcalde/sa:
Me pongo en contacto contigo para informarte del comunicado remitido desde la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria sobre la identificación preventiva de posibles emplazamientos para enterramiento in situ de animales en caso de brote de enfermedad de categoría A
Desde el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón se quiere reforzar la preparación conjunta ante posibles emergencias sanitarias de origen animal. En este contexto, y como medida puramente preventiva, se ha solicitado la colaboración de los municipios para identificar con antelación posibles terrenos en los que, llegado el caso y conforme a la normativa, pudiera realizarse el enterramiento in situ de animales sacrificados en explotaciones afectadas por los denominados “vaciados sanitarios”.
La reciente experiencia con diversos brotes de enfermedades de categoría A, como la dermatosis nodular contagiosa (DNC), la peste porcina africana (PPA), la enfermedad de Newcastle o la influenza aviar altamente patógena (IAAP), aconseja contar con alternativas organizadas de eliminación segura de cadáveres solo si fueran necesarias. Esta planificación contribuye a que, de producirse un incidente, las operaciones se desarrollen con rapidez y seguridad, evitando demoras y reduciendo la carga operativa para los servicios municipales y autonómicos.
Con el fin de facilitar la preparación, desde el Gobierno de Aragón se ha solicitado indicar aquellas ubicaciones municipales que, de forma preliminar, pudieran considerarse aptas para enterramiento in situ si se produjera un brote de una enfermedad incluida en la lista A.
Asimismo, se solicita que la propuesta incluya, en la medida de lo posible, datos básicos de localización (paraje y coordenadas), titularidad, acceso rodado y observaciones relevantes.
A efectos de seguridad y protección ambiental, desde el Departamento se pide que las posibles ubicaciones cumplan, al menos, los siguientes criterios técnicos:
- Distancias al agua: a ≥ 250 m de cualquier pozo o manantial usado como fuente de agua potable; a ≥ 50 m de cualquier curso de agua; y a ≥ 10 m de cauces de escorrentía (salvo disposiciones más estrictas aplicables).
- Condición del subsuelo y profundidad: existencia de ≥ 1 m de subsuelo por debajo del fondo de la fosa; y una fosa suficientemente profunda para permitir una cubierta de ≥ 1 m de tierra. La cubierta será amplia para disuadir el acceso de perros, zorros u otros carroñeros.
- Permeabilidad y drenaje: preferencia por suelos moderadamente permeables y evitar zonas con drenaje espontáneo del subsuelo.
- Accesibilidad operativa: fácil acceso para camiones y maquinaria excavadora.
Esta solicitud no implica la adopción inmediata de ninguna medida ni supone riesgo adicional; se trata, exclusivamente, de una planificación preventiva y coordinada que facilitará la respuesta en caso de urgencia.
Por último, se agradece que, se remita cualquier protocolo o plan municipal ya existente que pueda integrarse en esta preparación conjunta.
Para centralizar la información, pueden enviar sus propuestas a: dgacalidad@aragon.es , indicando en el asunto “Ubicaciones preventivas — enterramiento in situ”, antes del 31 de Enero de 2026
Sin otro particular, y con el deseo de contar con tu colaboración, recibe un cordial saludo
Zaragoza, a 13 de enero de 2026
Eduardo Gallart Monzón
Secretario General de la FAMCP