Estimado/a alcalde/sa:

Se adjunta  comunicación de la Subdirección General de Cooperación Local del Ministerio de Política Territorial, en relación con la convocatoria de subvenciones para paliar daños causados por la borrasca Filomena.

Resolución de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se amplía el plazo máximo de comprobación de solicitudes y documentación, en relación a la convocatoria de las subvenciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto-ley 10/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca «Filomena».

La Resolución acuerda:

«Ampliar hasta el día 28 de febrero de 2022 el plazo máximo al que se refiere el artículo 8.3 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, en relación a la convocatoria de las subvenciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto-ley 10/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca «Filomena».—

Asimismo adjunto documento «Notas con las consultas más frecuentes planteadas por delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, en el marco del proceso de comprobación de las solicitudes presentadas a la convocatoria de las subvenciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto Ley 10/2021, de 18 de mayo (Borrasca Filomena».

Sin otro particular, un saludo.

Zaragoza, a 18 de enero de 2022.

 

Martín Nicolás Bataller

Secretario General de la FAMCP